La educación escolar continúa enfrentando un escenario de profundas transformaciones regulatorias, legislativas y jurisprudenciales. Durante mayo, han avanzado importantes proyectos de ley vinculados a convivencia y seguridad escolar, nuevas orientaciones ministeriales sobre reglamentos internos y uso de dispositivos móviles, además de fallos judiciales relevantes para los establecimientos educacionales.
Como Red de Colegios Asociados, seguimos trabajando para mantener informadas a nuestras comunidades educativas, promover espacios de colaboración y aportar una mirada técnica desde la experiencia para los colegios particulares pagados.
Bienvenido Antofagasta International School
Nos alegra dar la bienvenida a Antofagasta International School como nuevo integrante de nuestra Red de Colegios Asociados.
Su incorporación fortalece nuestra red y refleja el interés creciente de establecimientos educacionales de distintas regiones del país por participar activamente en espacios de colaboración, análisis normativo y representación del sector educativo particular pagado.
Agradecemos la confianza depositada en RCA y esperamos continuar construyendo juntos una red comprometida con la calidad educativa, la autonomía de los proyectos educativos y el fortalecimiento de nuestras comunidades escolares.

Capacitación ley 21.719, Protección de Datos Personales
El jueves 28 de mayo se realizó nuestra segunda capacitación del año:
Con objetio de apoyar a los establecimientos educacionales en la preparación para la entrada en vigencia de la Ley N° 21.719 de Protección de Datos Personales, la Red de Colegios Asociados realizó una capacitación especialmente dirigida a rectores, sostenedores y equipos directivos.
La jornada permitió revisar los principales alcances de la normativa y sus implicancias para la gestión institucional de los colegios, abordando materias tales como las obligaciones legales aplicables a los establecimientos educacionales, el tratamiento de datos personales y datos sensibles —particularmente de niños, niñas y adolescentes—, así como los riesgos asociados al uso de plataformas digitales y al manejo de información por parte de las comunidades educativas.
Asimismo, se analizaron las responsabilidades frente a la nueva regulación, junto con recomendaciones prácticas para su implementación, medidas preventivas, buenas prácticas de gestión y la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de las exigencias legales.
La capacitación también incluyó una revisión de aspectos relacionados con la seguridad de la información, tales como el control de accesos, la protección de cuentas institucionales, la gestión de incidentes y brechas de seguridad, y el adecuado resguardo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad (ARCOP).
La actividad entregó una visión práctica de los desafíos que enfrentarán los establecimientos educacionales y de las acciones recomendadas para avanzar de manera oportuna hacia un adecuado cumplimiento institucional de esta importante normativa.
Nuestros expositores:
CYVIAN es una empresa chilena especializada en ciberseguridad y cumplimiento normativo, enfocada en apoyar a PYMEs e instituciones educacionales en la protección de su información y la reducción de riesgos digitales.
⚖️ Jurisprudencia educacional

Corte Suprema confirma cancelación de matrícula
Colegio Hispano de Villa Alemana
📌 Corte Suprema Rol N°12.927-2026
📌 Sentencia: 28 abril 2026
La Corte Suprema confirmó la legalidad de la cancelación de matrícula aplicada bajo procedimiento de Aula Segura, validando:
- el debido proceso;
- la autonomía reglamentaria del establecimiento;
- la proporcionalidad de la sanción frente a hechos graves de convivencia escolar.
La sentencia destacó que:
- existió derecho a defensa y reconsideración;
- el procedimiento se ajustó a normativa;
- la convivencia escolar puede justificar sanciones severas cuando hay afectación grave a otros estudiantes.
Detalles de la situación
La Tercera Sala de la Corte Suprema en la causa rol N°12.927-2026 en sentencia de 28 de abril, revocó el fallo dictado el 19 de febrero de 2026 por la Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó el recurso de protección interpuesto en favor de un estudiante de iniciales R.A.B.S. contra la Fundación Educacional Colegio Hispano de Villa Alemana.
El recurso fue presentado por la apoderada del estudiante, quien impugnó la cancelación de matrícula para el año escolar 2026. Alegó vulneración de las garantías del artículo 19 N° 1, 2 y 3 de la Constitución.
El conflicto se originó por hechos ocurridos el 21 de noviembre de 2025, durante una clase de matemáticas de segundo medio. Según tuvo por acreditado la Corte, el estudiante ejecutó acciones de contacto indebido contra un compañero, utilizando un destornillador, y luego entregó la herramienta a otro alumno para continuar la conducta.
El establecimiento inició el procedimiento de Aula Segura el 24 de noviembre de 2025, notificó la suspensión cautelar y recibió descargos. Luego, el 1 de diciembre de 2025, aplicó la cancelación de matrícula mediante Oficio N° 39/2025.
La apoderada solicitó reconsideración de la medida. El Consejo de Profesores Extraordinario, integrado por 31 docentes, opinó en forma unánime mantener la cancelación de matrícula por la gravedad de los hechos y su afectación a la convivencia escolar.
El 16 de diciembre de 2025, la directora comunicó el rechazo de la reconsideración. Posteriormente, el colegio remitió el expediente a la Superintendencia de Educación, que concluyó que el procedimiento se ajustó a la normativa educacional vigente.
La Corte Suprema recordó que el artículo 6 letra d) del DFL N° 2 de 1998, modificado por la Ley N° 21.128, permite aplicar expulsión o cancelación de matrícula cuando la conducta afecte gravemente la convivencia escolar.
En ese marco, el fallo destacó que la ley considera especialmente graves las agresiones de carácter sexual y las agresiones físicas que produzcan lesiones. También precisó que la suspensión cautelar no constituye sanción si luego se impone una medida más gravosa.
Para la Corte, los hechos acreditados habilitaban a la directora para aplicar la cancelación de matrícula, siempre que se respetaran los trámites legales. En el caso, estimó que el estudiante y su apoderada fueron oídos, que la resolución estuvo fundada y que existió posibilidad de reconsideración.
El tribunal también consideró relevante que el Reglamento Interno de Convivencia Escolar tipificaba como falta gravísima la agresión física directa o indirecta a cualquier miembro de la comunidad escolar que ocasionara lesiones.
Con esos antecedentes, la Corte descartó que el acto impugnado fuera ilegal o arbitrario. La decisión, sostuvo, se basó en hechos específicos, suficientemente acreditados y comprendidos dentro de las hipótesis legales de afectación grave de la convivencia escolar.
Además, el fallo señaló que la elección de una sanción disciplinaria dentro del catálogo reglamentario forma parte del proyecto formativo del establecimiento, en el marco de la autonomía reconocida a los colegios para desarrollar su proyecto educativo.
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y rechazó el recurso de protección.
El máximo tribunal sostuvo que el colegio actuó dentro de sus atribuciones legales al aplicar la medida disciplinaria, tras un procedimiento de Aula Segura y revisión de la Superintendencia de Educación.
Fuente: Actualidad Juridica Doe:
Radar legislativo 2026
Actualización para directores y sostenedores

Buscan prohibir redes sociales para menores de 14 años
Se trata de una moción presentada por un grupo de senadores, que será analizada el miércoles 3 de junio por la Comisión de Educación del Senado para su estudio.
Trámite del proyecto
Título del proyecto: Restringe el uso de redes sociales por parte de los menores de edad que indica
- Etapa en la que se encuentra
- Primer trámite Constitucional (Senado)
- Primer informe de comisión educación.
Fecha de ingreso: Miércoles 20 de Mayo, 2026Boletín. 18277-04
Prohibir a los menores de 14 años el ingreso, registro y uso de redes sociales es la disposición central de una moción presentada por los senadores Javier Macaya, Iván Moreira, Gustavo Sanhueza, Enrique Van Rysselberghe y Cristian Vial, que fue remitida a las comisiones de Educación y Familia para su estudio.
La idea de los senadores es prohibir las redes sociales para los menores con el fin de proteger a niños, niñas y adolescentes, y promover su normal desarrollo y su educación.
La iniciativa establece una excepción para los mayores de 14 y menores de 16 que cuenten con la debida autorización de sus padres, o del tutor o curador.
Asimismo, se establece que las plataformas de redes sociales deberán disponer de un sistema de verificación de identidad para controlar la edad de registro de los usuarios y la autorización señalada.
Las cuentas de los usuarios que no cumplan con la edad mínima y con los demás requisitos exigidos deberán ser eliminadas por las plataformas y dicha eliminación, podrá solicitarse por cualquier persona que advierta de la situación. Para esos efectos, se establece que las plataformas mantendrán un canal de denuncias y abrirán un procedimiento de investigación que no podrá exceder los 60 días.
PROTECCIÓN DE DATOS
La iniciativa también señala que con el objetivo de garantizar la protección de datos personales y la integridad del menor, las plataformas de redes sociales al momento de eliminar la cuenta deberán borrar toda la información almacenada en ella y todo respaldo del contenido publicado, salvo solicitud expresa del adulto responsable del menor, o a petición de la parte interesada, previa autorización judicial.
Las plataformas que incumplan las obligaciones serán sancionadas con una multa de 500 a dos mil Unidades Tributarias Mensuales, la que se duplicará en caso de reincidencia.
Esta iniciativa vendría a complementar la ley recientemente aprobada que prohíbe el uso de dispositivos tecnológicos como celulares, al interior de los establecimientos educacionales.
Fuente: https://www.senado.cl/comunicaciones/noticias/buscan-prohibir-redes-sociales-para-menores-de-14-anos
🔐 Ley de Protección de Datos Personales Ley 21.719
Información relevante para establecimientos educacionales
La Ley 21.719 representa la reforma más importante en materia de protección de datos personales en Chile en más de 20 años. Moderniza completamente la antigua Ley 19.628 y crea un nuevo marco regulatorio alineado con estándares internacionales, especialmente el GDPR europeo.
Publicación y entrada en vigencia
📌 Publicación en Diario Oficial:
13 de diciembre de 2024.
📌 Entrada en vigencia plena:
1 de diciembre de 2026.
🏫 ¿Por qué es relevante para los colegios?
Los establecimientos educacionales manejan una enorme cantidad de datos personales y sensibles, incluyendo:
- información académica;
- antecedentes médicos;
- diagnósticos;
- datos familiares;
- imágenes y grabaciones;
- plataformas digitales;
- evaluaciones psicológicas;
- antecedentes disciplinarios;
- información financiera y contractual.
Por ello, los colegios estarán especialmente expuestos a exigencias de cumplimiento y fiscalización.
Principales cambios que introduce la ley
✅ Creación de la Agencia de Protección de Datos Personales
Se crea un organismo autónomo con facultades de:
- fiscalización;
- investigación;
- sanción;
- emisión de instrucciones y criterios regulatorios.
✅ Nuevos derechos de las personas
La ley fortalece los llamados derechos ARCO:
- acceso;
- rectificación;
- cancelación;
- oposición.
✅ Consentimiento reforzado
El consentimiento deberá ser:
- libre;
- informado;
- específico;
- inequívoco.
Esto impactará directamente:
- autorizaciones de imágenes;
- plataformas educativas;
- comunicaciones;
- tratamientos de datos de estudiantes y apoderados.
✅ Obligación de seguridad y trazabilidad
Las instituciones deberán demostrar:
- medidas de ciberseguridad;
- control de acceso;
- trazabilidad de información;
- protocolos internos;
- gestión de incidentes y brechas.
✅ Notificación obligatoria de brechas de seguridad
Las organizaciones deberán informar incidentes o filtraciones de datos personales tanto a la Agencia como a los afectados en determinados casos.
⚠️ Multas y sanciones
La ley establece multas muy superiores a las existentes actualmente.
Las sanciones podrían llegar hasta:
20.000 UTM en casos gravísimos.
También podrían existir:
- medidas correctivas obligatorias;
- suspensión de tratamientos de datos;
- responsabilidades reputacionales importantes.
🏫 Aspectos especialmente sensibles para colegios
Los establecimientos deberán revisar:
- formularios de admisión;
- contratos y consentimientos;
- uso de fotografías y redes sociales;
- plataformas digitales;
- almacenamiento de antecedentes médicos;
- acceso a fichas estudiantiles;
- grabaciones de cámaras;
- protocolos internos;
- manejo de información disciplinaria y convivencia escolar.
📌 Recomendaciones para 2026
✔ Revisar políticas de privacidad
✔ Actualizar consentimientos y formularios
✔ Revisar contratos con proveedores tecnológicos
✔ Capacitar equipos directivos y administrativos
✔ Implementar protocolos de respuesta ante incidentes
✔ Generar trazabilidad documental
✔ Revisar accesos internos a información sensible
✔ Preparar evidencias de cumplimiento
📄 Fuentes oficiales y referencias
- Ley 21.719 — Biblioteca del Congreso Nacional
- Guía implementación nueva ley — Gobierno Digital Chile
- Gobierno de Chile — Nueva Ley Protección de Datos
🏫 Avanza proyecto “Escuelas Protegidas”
El proyecto de ley “Escuelas Protegidas” (Boletín 18.156-04), impulsado por el Ejecutivo, busca establecer nuevas medidas de seguridad, orden y respeto para las comunidades educativas frente al aumento de hechos de violencia escolar registrados durante los últimos tiempos.
La iniciativa contempla modificaciones relevantes en materias de:
- revisión de mochilas y pertenencias en determinados casos;
- sanciones por interrupción grave de clases;
- fortalecimiento de facultades disciplinarias;
- agravantes penales asociadas a violencia escolar;
- restricciones para acceder a gratuidad en educación superior en casos de condenas por delitos graves cometidos en establecimientos educacionales.
El Ejecutivo ha manifestado su intención de acelerar su tramitación durante mayo.
El proyecto de ley “Escuelas Protegidas” continúa avanzando en el Senado y durante mayo fue aprobado en general en la Comisión de Educación y posteriormente discutido en Sala.
Principales contenidos del proyecto
🎒 Revisión de mochilas y pertenencias, uno de los puntos más debatidos.
El proyecto permitiría que los sostenedores incorporen en sus Reglamentos Internos la revisión de:
- mochilas;
- bolsos;
- pertenencias personales;
- incluso bolsillos en ciertos casos.
Todo ello orientado a prevenir ingreso de:
- armas;
- objetos peligrosos;
- elementos para agredir;
- daños a infraestructura escolar.
El Senado rechazó indicaciones que buscaban restringir estas revisiones solo a casos “fundados”, ampliando así las facultades de los establecimientos.
🚫 Sanciones por interrupción grave de clases
La iniciativa contempla medidas frente a:
- tomas;
- agresiones;
- amenazas;
- paralización de actividades escolares;
- violencia contra funcionarios y estudiantes.
🎓 Restricción de gratuidad
El proyecto establece que estudiantes condenados por determinados delitos graves asociados a violencia escolar podrían perder acceso a gratuidad en educación superior.
Este punto ha sido uno de los más controvertidos del debate legislativo.
⚖️ Fortalecimiento de facultades disciplinarias
El proyecto busca reforzar herramientas para:
- suspensión;
- expulsión;
- cancelación de matrícula;
- protección de docentes y asistentes de la educación.
🗣️ Debate legislativo y controversias
La discusión ha generado importantes diferencias entre parlamentarios y expertos.
Sectores que apoyan la iniciativa:
Argumentan que:
existe una crisis de violencia escolar;
los colegios requieren herramientas efectivas de prevención;
debe fortalecerse la autoridad escolar y protección de funcionarios.
Sectores críticos:
Han cuestionado:
revisión de mochilas y bolsillos;
posible afectación de derechos de estudiantes;
proporcionalidad de sanciones;
constitucionalidad de algunas medidas.
¿Qué está pasando ahora con esta ley?
Actualmente el proyecto Se encuentra en tercer trámite constitucional
Es decir:
- ya fue aprobado por el Senado;
- volvió a la Cámara de Diputados para revisar las modificaciones introducidas por la Cámara alta.
Situación actual
La Cámara deberá:
- aprobar o rechazar los cambios del Senado;
- si existen discrepancias: el proyecto podría pasar a Comisión Mixta.
Temas que siguen generando discusión:
- revisión de mochilas;
- revisión de bolsillos;
- rol de funcionarios y policías;
- derechos y privacidad de estudiantes;
- restricciones de gratuidad;
- alcance de facultades disciplinarias.
Próximo escenario esperado
Se espera que:
- la Cámara revise el proyecto durante las próximas semanas;
- el Ejecutivo mantenga urgencia legislativa;
- continúe el debate público y constitucional sobre algunas disposiciones.
🏫 Ley de Convivencia Escolar
Sigue avanzando la implementación de la nueva Ley 21.809 sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas.

Durante mayo, el Ministerio de Educación continuó difundiendo nuevas orientaciones vinculadas a convivencia escolar y actualización de reglamentos internos.
Principales novedades:
📱 “Modo Aula” — Ley 21.801
El MINEDUC reiteró que los establecimientos tienen plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus Reglamentos Internos en relación con la regulación y prohibición del uso de dispositivos móviles.
Las orientaciones oficiales consideran:
- enfoque formativo;
- excepciones pedagógicas;
- estudiantes con NEEP;
- participación de la comunidad educativa.
📘 Nuevas orientaciones sobre Reglamentos Internos
MINEDUC y Superintendencia continúan impulsando lineamientos para:
- fortalecimiento del debido proceso;
- medidas restaurativas;
- convivencia y bienestar escolar;
- coherencia entre PEI y Manual de Convivencia.