Nuestra Asamblea Anual
La Red de Colegios Asociados (RCA) realizó su Asamblea General el 27 de agosto de 2026, en el Hotel Intercontinental de Santiago, con alta participación de representantes de los colegios que la integran.
La jornada se inició con la conferencia “Liderar colegios en tiempos de inteligencia artificial: oportunidades, riesgos y decisiones que no podemos delegar”, dictada por la Dra. Loreto Bravo.
Durante nuestra Asamblea Anual se presentó y aprobó la Memoria y Balance 2025, oportunidad en la que compartimos los principales avances y actividades desarrolladas durante el período. Entre ellos, destacaron las distintas instancias de capacitación y encuentro impulsadas por RCA, así como la representación institucional de la Red ante el Congreso Nacional, el Ministerio de Educación y la Superintendencia de Educación, llevando a estos espacios las principales inquietudes y desafíos que enfrentan nuestros colegios.
La Asamblea contempló además el correspondiente proceso eleccionario, en el que fue ratificado el Directorio de RCA y se conformaron la Comisión de Ética y la Comisión Revisora de Cuentas.
El Directorio de RCA quedó integrado por:
- Annemarie Hartwig Iturriaga, Presidenta.
- Carol Bates Vice yresidenta
- Erich Eichhorn, Tesorero.
- Moira Wilkins, Secretaria.
- Odette Boys, Director/a fundadora.
La Comisión de Ética quedó integrada por Shannon Watt, Alejandra Cerda y Cristóbal García.
Por su parte, la Comisión Revisora de Cuentas quedó conformada por Catalina Rodríguez, Joyce Bolton y Giancarlo Merello.
La jornada fue también una valiosa oportunidad para encontrarnos, compartir y renovar nuestro compromiso con una Red que se fortalece a partir de la participación y colaboración de sus colegios.
Agradecemos especialmente a quienes han asumido la responsabilidad de integrar el Directorio y las distintas comisiones, poniendo su experiencia y tiempo al servicio de RCA. Seguiremos trabajando juntos para representar las inquietudes de nuestros colegios, generar espacios de colaboración y aprendizaje y contribuir a una educación de calidad, capaz de responder a los desafíos presentes y futuros.

Erich Eichhorn, Carol Bates, Odette Boys, Annemarie Hartwig, Trinidad Alamos, Alejandra Cerda y Gonzalo Blanc

Loreto Bravo
Apertura con charla “Liderar colegios en tiempos de inteligencia artificial: oportunidades, riesgos y decisiones que no podemos delegar”

Dra. Loreto Bravo

Carolina Lopez y Moira Wilkins

Catalina Rodriguez, Victoria Zubicoa

Anna Cianciulli, Patricio Aguirre, Gabriela Chiuminatto

Catalina Rodriguez, Victoria Zubicoa

Hector Campos, Shannon Watt, Annemarie Hartwig

Marcelo Meza, Cristian De Caso, Ingrid Kresse, Jose Tellez.

Pilar Vicuña, Carol Bates, Pilar del Río, Annemarie Hartwig

Alvaro Gonzalez, Carol Bates, Alejandra Cerda, Loreto Bravo e Iván Monsalve

Nos alegra especialmente la alta participación alcanzada en nuestra Asamblea General, que reunió al 86% de nuestros colegios asociados, reflejando el compromiso de nuestras comunidades educativas con el trabajo colaborativo de la Red. Los invitamos a seguir participando activamente en las capacitaciones y actividades que RCA organiza durante el año, las que buscan entregar herramientas concretas para enfrentar los desafíos de la educación. Asimismo, reiteramos que nuestras puertas están siempre abiertas para recibir las sugerencias, inquietudes e iniciativas de nuestros colegios, convencidos de que la Red se fortalece con el aporte y la participación de todos.
Tema de reflexión

«Hace algunos años, el éxito de un director parecía medirse por la cantidad de problemas que era capaz de resolver personalmente. Hoy, en cambio, el verdadero liderazgo se mide por algo muy distinto: la capacidad de formar personas que también lideran.»
Durante años se instaló la idea de que un buen director era aquel capaz de resolver todos los problemas de su colegio. Mientras más decisiones tomaba, más fuerte parecía su liderazgo. Sin embargo, la realidad que viven hoy nuestras comunidades educativas nos muestra un escenario muy distinto.
La convivencia escolar, las nuevas exigencias legales, la inteligencia artificial, la protección de datos personales, el bienestar de los equipos, la relación con las familias y las crecientes responsabilidades administrativas han transformado profundamente el rol directivo. La pregunta ya no es cuánto más puede hacer un director, sino cómo construir una comunidad capaz de responder unida a estos desafíos.
El Informe GEM 2024/2025 de UNESCO sostiene que el liderazgo educativo ya no debe entenderse como la acción de una persona excepcional, sino como un proceso orientado a desarrollar personas, fomentar la colaboración y compartir responsabilidades (UNESCO), 2024). Este cambio de paradigma resulta especialmente relevante para nuestros colegios, donde los desafíos son cada vez más complejos y requieren respuestas colectivas. (UNESCO)
Con frecuencia se interpreta el liderazgo compartido como una forma de delegar tareas. En realidad, ocurre exactamente lo contrario. Compartir liderazgo significa desarrollar capacidades en otras personas, fortalecer los equipos, generar confianza y crear las condiciones para que más profesionales aporten desde sus competencias y experiencia.
En esta misma línea, James Spillane, uno de los principales referentes mundiales en liderazgo distribuido, plantea que el liderazgo no reside únicamente en el director, sino que surge de la interacción entre las personas, la organización y el contexto en el que desarrollan su labor (Spillane, 2006).
Desde esta perspectiva, el director no pierde liderazgo al compartir responsabilidades; por el contrario, multiplica la capacidad de su organización para responder a los desafíos educativos.
Quizás uno de los mayores riesgos que enfrentan hoy nuestros directivos no es la falta de compromiso, sino la sensación de que deben responder solos a cada nueva exigencia. Sin embargo, la evidencia demuestra que las organizaciones más efectivas son aquellas capaces de construir un propósito compartido y desarrollar liderazgo en todos sus niveles.
En efecto, el Informe GEM identifica cuatro dimensiones esenciales del liderazgo educativo: establecer un propósito común, centrarse en el aprendizaje, fomentar la colaboración y desarrollar a las personas (UNESCO, 2024). Estas dimensiones no solo fortalecen la gestión escolar, sino que contribuyen a generar culturas organizacionales más resilientes y comprometidas con el aprendizaje de todos los estudiantes. UNESCO
Cuando el liderazgo deja de concentrarse en una sola persona ocurre algo profundamente valioso: la comunidad educativa comienza a compartir un mismo propósito. Y cuando directivos, docentes, asistentes de la educación y familias avanzan en una misma dirección, el mayor beneficiado siempre será quien da sentido a nuestro trabajo: el estudiante.
Hoy más que nunca, nuestros colegios necesitan líderes capaces de inspirar, formar equipos y generar confianza.
Porque liderar en estos tiempos, no es cargar solo; es construir una comunidad capaz de sostener, juntos, el proyecto educativo que nuestros estudiantes necesitan.
Referencias y fuentes
- Spillane, J. P. (2006). Distributed Leadership. San Francisco: Jossey-Bass.
- UNESCO. (2024). Global Education Monitoring Report 2024/25: Leadership in Education – Lead for Learning. París: UNESCO. UNESCO

La Red de Colegios Asociados (RCA) le invita a participar en el Ciclo de Capacitación para Coordinadores de Convivencia Escolar y sus equipos, una instancia especialmente diseñada para fortalecer competencias en liderazgo, gestión de la convivencia y resolución de situaciones complejas en las comunidades educativas.

Jurisprudencia Educacional Relevante
Corte Suprema de Chile (Selección de Fallos)
1. Debido proceso en procedimientos disciplinarios
Colegio: Liceo Bicentenario Santa María de Las Condes
Ciudad: Santiago (Las Condes)
Rol Corte Suprema: 59.552-2024
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema, Tercera Sala.
Materia
Expulsión de un estudiante involucrado en una riña escolar.
Resumen del caso
El establecimiento aplicó la sanción de expulsión luego de un episodio de violencia entre estudiantes. La familia recurrió a los tribunales alegando vulneración del debido proceso.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte acogió el recurso, dejando sin efecto la expulsión al estimar que el establecimiento no respetó íntegramente el procedimiento establecido en su Reglamento Interno, afectando el derecho a defensa del estudiante.
Criterio jurisprudencial
La Corte reafirma que el Reglamento Interno constituye una garantía tanto para el colegio como para los estudiantes. Las sanciones más gravosas solo son válidas cuando el procedimiento disciplinario se desarrolla íntegramente conforme a las normas internas y respetando el debido proceso.
2. Ciberacoso y difusión de imágenes íntimas
Colegio: Liceo Católico de Atacama
Ciudad: Copiapó
Rol Corte Suprema: 60.315-2024
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema, Tercera Sala.
Materia
Difusión de imágenes íntimas mediante redes sociales.
Resumen del caso
Un estudiante difundió imágenes íntimas de otra alumna utilizando plataformas digitales, situación que generó un grave daño a la víctima y afectó la convivencia escolar.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte confirmó la expulsión aplicada por el establecimiento, considerando que la conducta constituyó una vulneración grave de la dignidad e integridad de la estudiante afectada.
Criterio jurisprudencial
El fallo reconoce que las conductas realizadas mediante redes sociales pueden generar consecuencias disciplinarias cuando producen efectos directos en la convivencia escolar, reafirmando el deber de los establecimientos de proteger a las víctimas de violencia digital.
3. Necesidades Educativas Especiales y responsabilidad disciplinaria
Colegio: Colegio Santa Sabina
Ciudad: Concepción
Rol Corte Suprema: 38.116-2024
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema, Tercera Sala.
Materia
Expulsión de estudiante por porte de arma blanca.
Resumen del caso
El estudiante portó un arma blanca al interior del establecimiento. Su familia sostuvo que presentaba Necesidades Educativas Especiales y que dicha condición debía impedir la aplicación de la sanción de expulsión.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte confirmó la expulsión, señalando que la existencia de una condición de Necesidades Educativas Especiales no impide aplicar medidas disciplinarias cuando la conducta sancionada no deriva directamente de dicha condición.
Criterio jurisprudencial
La sentencia precisa que la inclusión y los apoyos especializados deben coexistir con el deber de los establecimientos de proteger la seguridad de toda la comunidad educativa.
4. Principio de proporcionalidad en las sanciones
Colegio: Colegio Nuestra Señora
Ciudad: Graneros
Rol Corte Suprema: 30.417-2024
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema, Tercera Sala.
Materia
Agresión física entre estudiantes.
Resumen del caso
El establecimiento aplicó la sanción de expulsión inmediata a un estudiante luego de una agresión física.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte estimó que la medida resultaba desproporcionada considerando las circunstancias del caso, reemplazando la expulsión por la cancelación de matrícula para el año escolar siguiente, permitiendo que el estudiante concluyera el año académico.
Criterio jurisprudencial
El fallo refuerza el principio de proporcionalidad, recordando que las sanciones deben ser adecuadas a la gravedad de la conducta y ponderar sus consecuencias sobre el derecho a la educación.
5. Aplicación de la Ley Aula Segura
Colegio: Instituto Alemán de Puerto Montt
Ciudad: Puerto Montt
Rol Corte Suprema: 5.676-2025
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema, Tercera Sala.
Materia
Porte de cortaplumas al interior del establecimiento.
Resumen del caso
Un estudiante fue expulsado tras portar un cortaplumas en el colegio. La familia impugnó la decisión alegando desproporción de la medida disciplinaria.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte confirmó la expulsión, considerando la gravedad de la conducta y el historial disciplinario del estudiante, validando la aplicación del procedimiento contemplado en la Ley Aula Segura.
Criterio jurisprudencial
La sentencia reafirma que el historial disciplinario constituye un antecedente relevante para evaluar la proporcionalidad de una sanción y que la protección de la seguridad de la comunidad escolar puede justificar la aplicación de medidas de expulsión cuando se respetan las garantías del debido proceso.
6. Autonomía del establecimiento y libertad de enseñanza
Rol Corte Suprema: 17.988-2026
Tribunal que dicta el fallo definitivo: Corte Suprema.
Fecha: 26 de junio de 2026.
Materia
Expulsión de estudiante y autonomía del establecimiento para aplicar las sanciones contempladas en su Reglamento Interno.
Resumen del caso
Un estudiante fue expulsado por la comisión de una falta calificada como gravísima por el Reglamento Interno de Convivencia Escolar. La medida fue impugnada mediante un recurso de protección, cuestionándose su legalidad y proporcionalidad. El establecimiento acreditó que la sanción estaba expresamente contemplada en su Reglamento Interno y que se había seguido el procedimiento disciplinario correspondiente.
Decisión de la Corte Suprema
La Corte rechazó el recurso de protección y confirmó la expulsión, al estimar que la medida se encontraba prevista en el Reglamento Interno, había sido debidamente fundamentada y se había aplicado respetando el procedimiento establecido.
Criterio jurisprudencial
La sentencia reconoce la autonomía de los establecimientos educacionales para desarrollar su Proyecto Educativo y aplicar las normas de convivencia que forman parte de éste, vinculando dicha autonomía con la libertad de enseñanza. Asimismo, reafirma que los padres ejercen su derecho a la educación al escoger un establecimiento cuyo proyecto formativo consideran acorde con la educación que desean para sus hijos.
